Arrecife ahorra a las arcas públicas más de 7 millones de euros por los swap, unos productos financieros tóxicos contratados entre 2004 y 2009
El Ayuntamiento de Arrecife le gana una segunda batalla legal al Banco de Santander por la reclamación de más de 7 millones de euros de responsabilidad patrimonial por la decisión municipal de anular los contratos de unos productos financieros, los denominados swap, que han sido calificados judicialmente como tóxicos para los intereses municipales.
En una sentencia fechada el pasado 10 de enero el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Arrecife desestima el recurso presentado por el Banco de Santander en el que reclamaba 7.249.182,58 euros al Ayuntamiento por responsabilidad patrimonial tras la decisión del Ayuntamiento de declarar nulos todos los contratos swap firmados con esa entidad financiera y desestimar cualquier responsabilidad patrimonial extracontractual.
Esta es la segunda sentencia que gana el Ayuntamiento de Arrecife, que preside Astrid Pérez, en relación con la anulación del contrato de los swaps con el Banco de Santander, entidad que a finales de octubre de 2019 ingresó en las arcas municipales, por sentencia firme, más de 4 millones de euros, después de que la alcaldesa llevase en el mes de julio anterior a pleno la desestimación de las alegaciones presentadas por el banco.
“Esta es la segunda sentencia que ganamos al Santander. La estrategia legal del Ayuntamiento está funcionando, lo que nos permite ahorrar dinero a la ciudadanía de Arrecife, como también hemos hecho con el solar de Ginory o con la cancelación de deudas con empresas como Inalsa y Urbaser, siempre por impagos millonarios de anteriores mandatos”, según apunta la alcaldesa Astrid Pérez.
Arrecife rechazó el pasado agosto la reclamación del banco
El recurso del Santander iba concretamente contra la resolución del pleno de Arrecife del 5 de agosto de 2020, presidido por Astrid Pérez, en el que se desestimó la reclamación millonaria del banco, lo que llevó a la entidad privada a presentar un recurso en la vía contencioso administrativa que acaba de perder. El banco tiene posibilidad de recurrir en apelación ante el Juzgado y resolverá el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que ya se pronunció en febrero de 2018 en contra del recurso del Banco de Santander confirmando la nulidad de los contratos swap.
Desde 2016 hay sentencia del Contencioso Administrativo que declaraba conforme a Derecho la nulidad del Contrato Marco de Operaciones Financieras, firmado en 2004, que regulaba las operaciones de permutas financieras de tipos de interés (swap), así como de los sucesivos contratos.
En abril de 2019 el Ayuntamiento da un paso más en pleno y aprueba una resolución para liquidar todos los contratos swap, con reclamación millonaria incluida y excluyendo cualquier indemnización al banco por la anulación del contrato principal. Frente a este acuerdo, según recoge la sentencia, el Banco no interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo plenario, sino que presentó un recurso de reposición, luego ahora no cabe una indemnización por responsabilidad extracontractual.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Arrecife lo que hace ahora es recordar que el contrato está anulado, y sobre todo que no cabe indemnización, al tiempo que evidencia, como defendió el Ayuntamiento de Arrecife y también informó el Consejo Consultivo, que “no se pueden ocultar las prácticas contrarias a la buena fe de la entidad financiera, experta en la materia y, sobre todo, en productos financieros especulativos, obra suya”.
Del mismo modo la Sentencia considera que es un hecho con fuerza de cosa juzgada que la nulidad de los contratos fue imputable al propio Banco de Santander, consecuencia del incumplimiento de sus deberes de información y de su falta de buena fe.