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Hacienda habilita la opción de modificar datos a través de Internet

El Gobierno de Canarias ha habilitado a través de Internet la opción de darse de alta y modificar los datos personales y bancarios de terceras personas acreedoras del sector público de la Comunidad Autónoma

Canarias Noticias - 25/01/2019

La Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias ha habilitado a través de Internet la opción de darse de alta y modificar los datos personales y bancarios de terceras personas acreedoras del sector público de la Comunidad Autónoma.

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publica hoy la orden de regulación de esta nueva funcionalidad.

La iniciativa se enmarca dentro de la estrategia de simplificación administrativa y reducción de cargas burocráticas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y sus organismos dependientes, aprobada por el Gobierno de Canarias el 13 de junio de 2016, informa la Consejería en un comunicado.

Asimismo se avanza hacia un funcionamiento íntegramente electrónico basado en procedimientos simples, que eviten costes innecesarios a la ciudadanía y empresas, sin mermar sus garantías y derechos e incrementando la eficacia, eficiencia, agilidad y transparencia del sector público.

Según la orden que publica hoy el BOC, se consideran terceros acreedores las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, públicas o privadas que se relacionen con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a cuyo favor surjan obligaciones o se expidan los pagos derivados de las mismas.

Así, a partir el próximo lunes, 28 de enero, fecha de la entrada en vigor de la orden, estarán obligados a darse de alta telemáticamente las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, y el personal al servicio de la Comunidad Autónoma para los trámites y actuaciones que realicen con ella, debido a su condición de empleado o empleada del sector público.

También, el procedimiento de alta o modificación telemática a terceros será de obligada aplicación para quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria para la realización de aquellos trámites y actuaciones con las administraciones públicas.

Por su parte, las personas físicas no estarán obligadas a comunicar el alta o modificación de sus datos personales o bancarios por medios electrónicos, pudiendo elegir en todo momento el procedimiento a utilizar, ya sea de forma telemática o en papel.

Hacienda informa de que durante 2018, se presentaron 14.500 altas a terceros y 3.000 modificaciones de personas físicas, y 2.200 altas y 800 modificaciones de personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, cifra que justifica la aplicación de esta nueva medida.

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